Herencias y legados, es una opción de vida
5. ¿ Qué formalidades tiene hacer una donación ?:
 
 
Si el bien donado es inmueble debe hacerse mediante escritura pública, con autorización del Notario, -conocida como insinuación- si el valor del inmueble es superior a 50 salarios mínimos mensuales. Posteriormente se debe inscribir la escritura de donación en la oficina de instrumentos públicos del lugar donde esté inscrito dicho inmueble.

Si el bien es un vehiculo inscrito en el DATT, se debe inscribirse la cesión en la oficina donde esté matriculado, igualmente si es una aeronave.

Si el bien es un bien mueble debe hacerse la entrega material del bien.

Si lo donado es un derecho o cuota de participación en una sociedad colectiva o es un interés social como socio gestor en una sociedad en comandita debe tener autorización previa de los demás socios. Art. 338 del códico de comercio.

Si lo donado es un derecho o cuota de participación en una sociedad LIMITADA se debe hacer Escrtura Publica y constancia de haberlas ofrecido previamente a los demas socios. Art. 362 y siguientes del del códico de comercio.

Si lo donado son acciones de una sociedad ANÓNIMA, se requiere si están en la Bolsa la simple manifestación de la enajenacion al corredor de bolsa para que la registre en DECEVAL, si no estan en la bolsa un escrito de la enajenacion. Art. 403 y siguientes del del códico de comercio.

Si lo donado es un derecho que tiene el acreedor -de un crédito-, la cesión opera con la entrega del titulo valor, habiendo endosado previamente el mismo.
 


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